Ley de Gestión de Intereses Particulares con el Estado (Ley de Lobby)

INTRODUCCIÓN

Quiero promover una Ley de Lobby para Uruguay puesto que creo que regular el Lobby y la gestión de intereses particulares ante autoridades y funcionarios del Gobierno aporta transparencia a la gestión pública. ¡Te invito a participar de la discusión!

Pese a que no existe una definición única, puede considerarse Lobby toda comunicación con un funcionario público con el fin de influir en las decisiones que tome en ejercicio de su cargo sobre materias de interés público (legislación, políticas públicas o asuntos administrativos). Si la actividad no es remunerada, se llama gestión de interés particular.

Actualmente, Lobby es una actividad política legítima que debe ser regulada debido a su posible efecto sobre la integridad del proceso de toma de decisiones. Es genuina porque en sociedades democráticas, abiertas y plurales las personas y grupos tienen derecho a organizarse y comunicar a la autoridad sus intereses y preferencias en todo orden de materias; es beneficiosa porque la información que aportan los grupos de interés a la autoridad y al proceso de discusión de una ley o decisión pública, puede generar valor.

Se considera Lobby las audiencias/reuniones con autoridades o funcionarios públicos para intentar obtener las siguientes decisiones:
• Elaboración, dictación, modificación, derogación o rechazo de actos administrativos, proyectos de leyes, leyes y otras decisiones.
• Elaboración, tramitación, aprobación, modificación, derogación o rechazo de acuerdos, declaraciones o decisiones del Congreso, sus miembros o comisiones.
• Celebración, modificación o terminación de contratos.
• Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas

DIAGNÓSTICO

El Lobby siempre ha existido, pero en países como el nuestro no está regulado por una ley especial por lo que se practica de manera informal, casi siempre clandestina, y muchas veces es la vía para la comisión de actos de corrupción. Las personas que ejercen el Lobby (directo o a nombre de terceros) tiene intereses concretos y además están en una posición privilegiada para influir en los tomadores de decisiones, por lo tanto es normativamente deseable y conveniente regular la interacción entre lobbistas (sujetos activos del Lobby) y funcionarios (sujetos pasivos) para llevar a cabo un proceso de formulación e implementación de políticas públicas que sea íntegro y alejado de prácticas ilegales como la presión indebida o el cohecho, entre otras.
Ya otros países de América Latina han entendido que esto es una necesidad y han comenzado a trabajar en la normativa. Perú tiene Ley de Lobby desde 2003, Chile desde 2014 y Argentina está a punto de aprobar una. Por ende, la aprobación de una Ley de Lobby en Uruguay sería una enorme contribución a la transparencia y la lucha contra ciertas inconductas.

PROPUESTA

Una Ley de Lobby regularía el registro y publicidad de las audiencias solicitadas por los lobbistas o gestores de intereses particulares con el objeto de fortalecer la transparencia en las relaciones entre los particulares y las instituciones del Estado, procurando que las decisiones públicas se tomen en función del bien común y no de intereses particulares.

Las personas reguladas serán: i) los funcionarios públicos que en razón de su función o cargo tienen atribuciones para tomar decisiones relevantes (sujetos pasivos) y ii) lobbistas o gestores de intereses particulares: personas que puedan influir decisivamente en las decisiones de las autoridades y funcionarios públicos y que reciben regularmente una remuneración (sujetos activos).

La Ley exigirá a los funcionarios públicos que registren todas las reuniones que sostengan con particulares, los donativos que reciban y los viajes que realicen en ejercicio de su función en la plataforma web Registro de Audiencias Públicas.

La autoridad está obligada a dar igual trato a las personas, organizaciones y entidades que soliciten audiencia o reunión sobre una misma materia.

INDICADORES

-Registro de Audiencias Públicas: plataforma web que se creará a los efectos de ingresar las solicitudes de audiencias por parte de los lobbistas y para que los funcionarios publiciten los resultados de las mismas. A su vez cualquier persona tendrá acceso a los registros públicos de audiencias para saber con qué personas se han reunido las autoridades sujetas a la Ley del Lobby, y qué materias se han tratado en dichas reuniones.

-El lobbista o gestor de intereses particulares deberá estar registrado. Al momento de solicitar una audiencia tendrá que completar el formulario de solicitud de audiencia, proporcionando información fidedigna, relativa a los asistentes a la audiencia, si perciben o no remuneración por la actividad, y la materia que se tratará.

-Los funcionarios públicos deberán registrar las solicitudes de audiencia pública y publicarlas en el Registro de Audiencias Públicas de manera que por cada solicitud de audiencia debe existir necesariamente una publicación. Todas las publicaciones deben incluir datos del lobbista, a quién representa, con qué objeto fue la reunión y quiénes lo acompañaron, lugar y fecha de realización.

-El funcionario público contará con tres días hábiles de plazo para aceptar o negar la solicitud. Si la autoridad pública incumple dicho plazo o completa con información falsa o inexacta el Registro de Audiencias Públicas, será sancionado de acuerdo a lo que establecerá la ley.

INSTITUCIONALIDAD

-Registro de Audiencias Públicas: plataforma web que se creará a los efectos de ingresar las solicitudes de audiencias por parte de los lobbistas y para que los funcionarios publiciten los resultados de las mismas. A su vez cualquier persona tendrá acceso a los registros públicos de audiencias para saber con qué personas se han reunido las autoridades sujetas a la Ley del Lobby, y qué materias se han tratado en dichas reuniones.

-El lobbista o gestor de intereses particulares deberá estar registrado. Al momento de solicitar una audiencia tendrá que completar el formulario de solicitud de audiencia, proporcionando información fidedigna, relativa a los asistentes a la audiencia, si perciben o no remuneración por la actividad, y la materia que se tratará.

-Los funcionarios públicos deberán registrar las solicitudes de audiencia pública y publicarlas en el Registro de Audiencias Públicas de manera que por cada solicitud de audiencia debe existir necesariamente una publicación. Todas las publicaciones deben incluir datos del lobbista, a quién representa, con qué objeto fue la reunión y quiénes lo acompañaron, lugar y fecha de realización.

-El funcionario público contará con tres días hábiles de plazo para aceptar o negar la solicitud. Si la autoridad pública incumple dicho plazo o completa con información falsa o inexacta el Registro de Audiencias Públicas, será sancionado de acuerdo a lo que establecerá la ley.

FINANCIAMIENTO

La Junta de Transparencia y Ética Pública (JUTEP) será el órgano estatal encargado de aplicar recursos para el desarrollo y puesta en práctica de la Ley de Lobby a través de la plataforma web Registro de Audiencias Públicas.

FUENTES

https://www.leylobby.gob.cl/

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En el mundo, y particularmente en Estados Unidos, se ha discutido largamente los efectos que generan los lobbies que aportan dinero a políticos.

Por eso, me resulta interesante que esta propuesta apenas menciona el tema de las donaciones, es decir que los lobbies deberían ser regulados en otros aspectos ajenos al dinero.

Dos puntos me resultan especialmente interesantes: “por cada solicitud de audiencia debe existir necesariamente una publicación, que debe incluir datos del lobbista, a quién representa, con qué objeto fue la reunión y quiénes lo acompañaron, lugar y fecha de realización”, y “La autoridad está obligada a dar igual trato a las personas, organizaciones y entidades que soliciten audiencia o reunión sobre una misma materia”.

Sin embargo, me parece inadecuado que esta propuesta se limite a los solicitantes remunerados. Eso permitiría que por ejemplo un militante no remunerado de una organización pueda obtener una audiencia no registrada.

4 Me gusta

Sin dudas hay que transparentar todo.Excelente iniciativa!

thanks my issue has been fixed.