AUTOR ORIGINAL: JUSTIN GRASIDE (*)
LINK DE LA IDEA EN CATEGORÍA TECNOLOGÍA: Portabilidad numérica y desbloqueo
(*) Este es el proyecto de Ley presentado por el representante del Partido Nacional Martín Elgue 4 de diciembre de 2013. A partir de aquí el proyecto copiado textual para que sea debatido y mejorado:
(Portalidad numérica) Es una funcionalidad que permite conservar el número telefónico cuando se cambia a otra compañía, en el caso de la telefonía móvil y/o de domicilio el caso de telefonía fija. Implica un cambio de situación en el usuario del servicio, quien de tener el derecho al uso de un número pasa a ser titular del mismo con los beneficios y responsabilidades que ello conlleva.
En los casos de telefonía móvil y partiendo de la base que en nuestro país hay tres servidores (ANTEL, MOVISTAR y CLARO) la portabilidad es la opción para el usuario de conservar el número de teléfono al mutar de una compañía a otra, evitando ser rehenes de una determinada empresa, en otras palabras da ABSOLUTA LIBERTAD DE OPCIÓN RESPONSABLE AL USUARIO EN FORMA PERMANENTE.
PORTABILIDAD GEOGRÁFICA
Art. 1.- En lo referente a la telefonía fija, el usuario con más de 2 años de uso en forma permanente de un número telefónico, tendrá derecho al mantenimiento del mismo en cualquier parte del territorio nacional.
PORTABILIDAD MOVIL
Art. 2.- Todos los usuarios de telefonía fija y móvil sean de post pago o pre pago tienen derecho a usar la portabilidad numérica.
Art. 3.- La portabilidad numérica significa que cada usuario pasa a ser titular de su número telefónico si cumple con determinados requisitos que se señalarán. lo que le consagra el derecho a cambiarse de compañía manteniendo su número (aún el prefijo).
Art. 4.- El derecho a la portabilidad numérica comienza cuando se adquiere un numero (ya sea un contrato o un chip) y desde momento se tendrá la titularidad del mismo y en consecuencia podrá cambiar de operador, no obstante lo cual, de existir un contrato vigente se estará a los términos del mismo, no pudiendo en ningún caso lo contratos impedir directamente la portabilidad numérica.
Art. 5.- Al cambiar el usuario de prestadora de servicio podrá hacerlo manteniendo el mismo equipo telefónico que tiene, y en caso de haberlo adquirido bloqueado con anterioridad a los plazos establecidos en la presente, al momento de la venta o cuando el usuario lo requiriere el equipo deberá ser desbloqueado sin que ello implique para el usuario costo alguno ni pérdida de la garantía del mismo.
Art. 6.- El usuario podrá cambiar de compañía cuando lo requiera, pero una vez realizada la portabilidad deberá esperar un plazo mínimo de 90 días para volver a hacerlo.
Es requisito indispensable para solicitar la portabilidad de un número celular post pago, estar al día con todas las facturas vinculadas a ese servicio. Se permitirá hacer el trámite dentro de la vigencia del contrato, manteniendo el usuario la obligación contractual monetaria asumida al suscribir el mismo. El mero hecho de solicitar y proceder al cambio de Operador, se tomará como suficiente notificación de no renovar el contrato al vencimiento.
Art. 7.- La portabilidad se solicitará directamente en las Oficinas Comerciales de la empresa a la cual se quiere cambiar la que se encargará de instrumentar lo pertinente.
Art. 8.- Todo número que hubiere mutado de operador y que se deje de usar por un período superior a un año, automáticamente volverá al operador de origen.
Art.-9- Se crea un Comité Honorario integrado por un representante de cada una de las operadoras y presidido y coordinado por la URSEC el que se encargará establecer las bases técnicas para la implementación de la presente.
Art. 10. Prohíbase a partir de 90 días de promulgada la ley, a toda empresa comercializar teléfonos celulares, modems, tablets, computadoras, o cualquier otro medio de telecomunicación con bloqueos para las conexiones de voz yio datos que restrinjan o limiten su uso exclusivamente a alguno de los Operadores de Telefonía Móvil o Datos que operan en el país. Una vez que entre en vigencia la presente ley, queda totalmente prohibida la importación de medios de telecomunicación con uso restringido, debiendo los importadores presentar declaración jurada ante la URSEC de la condición de “equipos libres para usar en cualquier compañía”, previo a su comercialización en plaza.
Si vencido el plazo estipulado en el presente, cualquier compañía tuviere en su poder aún equipos restringidos en el uso, para comercializarlos deberá liberarlos, advirtiendo al usuario de tal situación.
Art. 11.- Se prevé la participación del OMBUDSMAN en la reglamentación de la
portabilidad a efectos de garantizar que la misma sea acorde al espíritu de la ley y defender los derechos de los usuarios al respecto.-
ALCANCE DE LA PORTABILIDAD NUMERICA MOVIL
Si bien el proyecto abarca tanto la telefonía fija como móvil, el efecto más notorio y directo en el mercado está en el ámbito de la telefonía móvil o celular, dado que es donde el usuario puede elegir su proeveedor. Hoy cambiar de compañía implica pérdida del número de referencia con las consecuencias personales o laborales que ello implica más allá de que las condiciones o servicios que ofrece otra empresa resulten más beneficiosas (para fundamentar el interés en esto, hay que entender que la telefonía móvil es motoe del desarrollo, un ejemplo no laboral es el de los micro empresarios o autoempleados como ser: plomeros, pintores, corredores de bienes, entre otros, utilizan el móvil como medio para establecer contacto con sus clientes, perder el numero es un daño a su posición comercial).
La portabilidad numérica en la telefonía móvil afecta directamente la competencia en el mercado, permite e incentiva la mejora continua que beneficia a la empresa y al usuario: Para decir que verdaderamente en nuestro país no existe monopolio en la telefonía móvil es esencial que exista esta la portabilidad, que fomenta una competencia más equitativa entre los proveedores de servicios de telecomunicaciones e implique mejores tarifas, más y mejores servicios y un uso más eficiente de la numeración.
Es de resaltar que la ausencia de portabilidad numérica hoy crea un sistema menos eficiente, donde una cantidad importante de números de teléfono queda sin utilizar durante un largo periodo de tiempo, y ello ha obligado a los operadores a agregar más dígitos a los números a fin de evitar el colapso. Con la portabilidad numérica existiría un sistema más controlado al respecto conociéndose y controlándose más el número real de usuarios de servicios.
NECESIDAD DE VENTA DE TELEFONOS DESBLOQUEADOS
Se ha implementado en nuestro país un sistema de venta de teléfonos móviles bloqueados para el sistema del proveedor de servicio que lo suministra, lo que inminente debe cambiar con la aplicación de la presente ley dado que todos los teléfonos y más allá de los planes dentro de los que se vendan y/o por el operador que sean suministrados deberán estar desbloqueados y poder ser usados en todas las compañías en forma indistinta siendo este un elemento más de la libertad de elección del usuario.
IMPLEMENTACION DE LA PORTABILIDAD NUMERICA MOVIL EN EUROPA
Europa han portado su número 46 millones de usuarios (hacia fines de 2007) aproximadamente el 8,31% de los abonados a la telefonía celular. Existen casos en los que el impacto porcentual ha sido mucho más significativo y acorde a las estadísticas las razones esgrimidas para cambiar de proveedor serían: reducción del gasto y mejor servicio al cliente,
IMPLEMENTACION DE LA PORTABILIDAD NUMERICA MOVIL EN AMERICA LATINA
En el mundo hay más de 50 países con la facilidad de portabilidad numérica aplicada, 59 en telefonía móvil y 39 en telefonía fija. En América Latina, la portabilidad móvil se ha lanzado comercialmente en México, Brasil, Perú, Ecuador y República Dominicana, y se encuentran en etapa de estudios en El Salvador, y en implementación en Colombia, Paraguay, Chile y Argentina, nuestro país es uno de los pocos que no ha dado al tema la importancia y necesidad que tiene.
En los países que se ha implementado, acorde a estudios realizados, su uso es frecuente pero es de resaltar que no es significativo el número de clientes que mutan de una empresa a otra lo sí importante ha sido el efecto que la portabilidad tuvo en la prestación del servicio, que implicó más calidad, más cobertura y, en general, más beneficios para los usuarios.
Prueba de ello es que por ejemplo en México (se implementó la portabilidad en 2008), del total de más de 75 millones de líneas activas, para septiembre de 2011 (3 años después de la implantación), apenas 3,4 millones de usuarios habían hecho uso de la oportunidad, lo que significa apenas el 2,55% de los usuarios totales, situación que se reiteró en los demás países.
En un estudio de Bain&Company, titulado “¿Pueden los proveedores de servicios de comunicación ganarse el amor de sus usuarios?”, se demuestra la importancia de la fidelidad de los clientes a la hora de enfrentarse a la portabilidad numérica. Según indica el estudio, cuando la penetración de telefonía móvil no era tan alta, las diferencias entre los operadores del servicio (y sus esfuerzos para demostrarlo), no eran tan notorias. Pero ahora “Como resultado, la estrategia prioritaria para los proveedores de servicios de comunicación ha cambiado dramáticamente de simplemente adquirir nuevos usuarios a mantener los usuarios que ya tienen”, dice el estudio, agregando que “para ser exitosos, los proveedores deberán ganar la fidelidad de sus usuarios en medida suficiente como para que se mantengan en la empresa cuando los tienten con ofertas competitivas”.
En suma, la experiencia en el mundo demuestra que la PORTABILIDAD NUMERICA conlleva simplemente la LIBERTAD DE ELECCIÓN Y MEJORA EN EL SERVICIO IMPLICANCIAS DIRECTAS DEL SISTEMA DE PORTABILIDAD NUMERICA MOVIL
-I. Penetración del mercado: Las compañías más allá de buscar ganar al cliente como se expresara buscan mantenerlo
-2 Incidencia del postpago: El flujo de clientes de prepago es mucho mayor que en el postpago, dado que no tienen una ligazón tan fuerte con sus compañías.
-3 Subsidios: Cuando los subsidios en la venta de equipos es alta, más allá de la exigencia del desbloqueo de estos el usuario suscribe un contrato por un período de tiempo en el cual no podrá mutar de compañía. Cuando los subsidios son altos, más allá de la portabilidad del número la migración entre compañías es baja Federico Elsner, de Bain&Company. Expresa: “La gente no se va por las ofertas nuevas. Lo importante es la lealtad del cliente. La medición que hacemos actualmente es cuál es la posibilidad de que recomiendes un operador a un amigo”.
PORTABILIDAD GEOGRAFICA
Al existir una tarifa única a nivel nacional para las llamadas locales, es, darle un nuevo beneficio al usuario la posibilidad de también PORTAR su número de teléfono fijo, más allá de cambiar de dirección, dentro o fuera de la misma ciudad o departamento.
El fundamento de esta portabilidad es la simple necesidad del usuario de mantener un número con las implicancias socio-económicas que ello implica.
EXPOSICION DE MOTIVOS
En nuestro País, los abonados del sector público y del sector privado tanto residencial como comercial, dependen del número telefónico para sus comunicaciones a través de la red global. Esta dependencia impide que los abonados puedan cambiar libremente el prestador de servicios debido a los costos y los problemas que implican los cambios en el número telefónico que lo identifica.
La portabilidad numérica significa para los abonados la posibilidad de conservar el número telefónico Independientemente del operador de la red de telecomunicaciones que le presta el servicio telefónico. Con la introducción de la portabilidad numérica se logra la libertad de elección para el abonado, el que se orientará a la evaluación de condiciones de calidad y precio, sin el riesgo de que al cambiarse de operador, pierda su número telefónico. Esta nueva situación beneficia no solamente a los abonados que portan su número, sino además a los que permanecen con el operador original, debido a que éstos se quedan con dicho operador beneficiándose de la competencia que se establece a través de ofertas mejoradas en calidad y precio. También se benefician quienes efectúan las llamadas, al lograr una mayor certeza debido a que no se efectúan cambios de numeración cuando el abonado llamado cambió de operador.
Para los abonados que deciden cambiar de operador la existencia de la Portabilidad Numérica tiene como beneficio el ahorro en los costos explícitos o no explícitos de cambiar su papelería, efectuar avisos a sus relaciones comerciales y personales, mantener números transferidos durante cierto tiempo, perder clientes, perder números de cierto valor personal o comercial, entre otros. Dados los inconvenientes que puede generar el cambio de número telefónico, algunos usuarios prefieren mantenerse con su proveedor telefónico sin importar la calidad y precio con la que presta el servicio, lo cual va en detrimento de la sana competencia en la prestación de los servicios.
La Ley 18.159 de Competencia establece que ella tiene por objeto fomentar el bienestar de los actuales y futuros consumidores y usuarios, a través de la promoción y defensa de la competencia, a través de la libertad de acceso de empresas a los mercados. La misma Ley declara que para la prosecución del objetivo establecido en el artículo anterior, todos los mercado deberán está regidos por los principios y reglas de la libre competencia, excepto las limitaciones establecida por ley, por razones de interés general.
De acuerdo al artículo 73 de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001, reformado por la Ley 18.719, compete a la URSEC la regulación técnica, la fiscalización y el control de las actividades referidas a las telecomunicaciones. Existe la evidencia internacional que en múltiples países se ha implantado exitosamente la portabilidad numérica como un mecanismo para fomentar una competencia más intensa entre los proveedores de servicios de telecomunicaciones, lo que ha resultado en beneficios tales como mejores tarifas, mayor calidad, un uso más eficiente de la numeración, entre otros.
La portabilidad numérica ha sido implantada en el mundo a partir de 1995, alcanzando desde 2008 a países de la región latinoamericana que ya la han implantado, o están en proceso, como son México, Brasil, Argentina, Colombia, Perú, Ecuador, Chile, Paraguay, República Dominicana, Panamá, entre otros. Para asegurar el ejercicio del derecho de los usuarios, de acuerdo a la experiencia internacional incluyendo a la región latinoamericana, la Portabilidad Numérica debe implantarse a través de procedimientos simples,
Surge de los antecedentes enumerados que en el mundo globalizado y competitivo en el que vivimos hoy, prima la protección de la situación del usuario. En nuestro país, donde no existe monopolio respecto del servicio de telefonía móvil es esencial asegurar al usuario libertad de elección de operador, así como la posibilidad de cambiar si las circunstancias del servicio, precio, o de cualquier otra índole le implicaran la necesidad de hacerlo. Es inminente para asegurar esa libertad que el número del servicio una vez que fue adquirido sea propio del usuario y no del operador para garantizar esa libertad; de lo contrario, no existe la posibilidad real de cambio de operador ante el perjuicio que la pérdida del número genera.
En la Ley 18.159 se establece como objeto fomentar el bienestar de los actuales y futuros consumidores y usuarios, a través de la promoción y defensa de la competencia, a través de la libertad de acceso de empresas a los mercados, expresando la propia ley las garantías que deben darse para que esto se cumpla.
Legalmente compete a la URSEC la regulación fiscalización y control de todas las actividades relacionadas a las telecomunicaciones, por lo que debe estar dentro de su órbita la supervisión del presente, más allá de lo cual es necesario considerar a los operadores de telefonía móvil para su coordinación.
Respecto de la portabilidad geográfica donde si existe un servicio monopólico, razón por la cual no estamos es inminente poder considerar que el usuario mantenga siempre un mismo número de servicio, más allá del lugar donde se encuentre o al que cambie, lo que debe ser simplemente organizado y coordinado dentro del propio ente estatal.
Como surge de los antecedentes enumerados en el presente, el mundo entero está adoptando la portabilidad numérica (habiéndolo hecho varios paises vecinos), en un mundo globalizado no podemos estar al margen de ello lo que hoy en día puede implicar un perjuicio no solo al usuario, sino al propio sistema de telefonía, por lo cual es inminente y con urgencia tratar el presente.’