INTRODUCCIÓN:
La idea es poner el protector solar al alcance de toda la población, para la correcta protección de la piel y reducción del cáncer de piel.
DIAGNÓSTICO:
La exposición al sol sin protector solar es responsable de un gran número de casos de cáncer de piel, se diagnostican en Uruguay 8 casos por día, y fallecen 131 personas al año por dicha causa, además de provocar quemaduras y otras patologías. Todos estamos sometidos al sol, es imposible escapar de él, por lo que el protector solar se vuelve indispensable en muchas ocasiones. Sin embargo, es un producto cuyo valor es elevado, y muchas veces, inalcanzable para muchos bolsillos. Es desde este punto de vista que se hace necesario legislar para poner dicho producto al alcance de todas las personas, sin descuidar la calidad del producto ofrecido.
PROPUESTA:
Dado que el número de casos de cáncer de piel es elevado, y su prevención con protector solar es muy eficaz, el protector solar debería ser considerado por el Ministerio de Salud Publica, como una herramienta fundamental en la lucha contra el cáncer de piel, y ser ofrecido en el sistema de salud como cualquier otro medicamento, sin la necesidad de consulta con dermatólogo para que recete el protector, ni de una nueva consulta cada vez que se necesite adquirir otro, ya que dichas consultas demoran mucho tiempo en concretarse, y en muchos prestadores de salud se requiere, además, de un pase a dermatólogo, por lo que la consulta en estos casos es doble.
Para esto se propone que el protector solar pueda ser recetado por medicos de medicina general, los que podrán negarlo únicamente si entienden que existe algún motivo correctamente fundamentado por el cual sea necesaria una consulta con medico dermatólogo. Pero en ningún caso se podrá negar definitivamente el protector, a menos que el medico dermatólogo así lo establezca por alguna razón justificada.
Para promover el correcto uso del protector y del control de la piel, se establece que la consulta por la que un medico general o un medico dermatólogo recetaron el protector, solo dure un año calendario, lo cual asegura que con una visita anual al medico general o dermatólogo, se tendrá acceso a protector durante un año, además de mantener un control sobre la salud de la piel.
Por otra parte, atendiendo las recomendaciones de la Comisión Honoraria de Lucha Contra el Cancer y a datos proporcionados por esta, el protector solar ofrecido por los prestadores de salud deberá ser de al menos FPS 30 para mayores de 18 años y de al menos FPS 50 para menores de 18años, y nunca ser de menos de 100ml en ninguno de los casos. Además su valor debe ser el mismo que el de cualquier medicamento común ofrecido por cada prestador de salud.
Para favorecer aun mas el consumo del mismo, el estado renunciara a la recaudación sobre su venta, importación y fabricación, quitándole todos los impuestos que recaigan sobre el protector, ya sea para su importación como para su venta. Además no cargara impositivamente la importación de maquinaria ni materias primas para la fabricación nacional de protector solar.
Para generar conciencia en la población sobre los riesgos del sol, como prevenirlos, sobre la importancia de consultar al medico dermatólogo y como usar correctamente el protector solar, el Ministerio de Salud Publica lanzara campañas masivas de información y concientización, priorizando las mismas durante el verano.
INDICADORES:
Para verificar la eficacia de lo que se plantea, el Ministerio de Salud Publica, en conjunto con los prestadores de salud y asociaciones de farmacias, deberán generar informes anuales y comparativos (comparativos respecto de años anteriores a año actual) de la cantidad de consultas recibidas por temas relacionados a este, la cantidad de casos de cancer de piel detectados, la cantidad de fallecimientos por dicho cancer, y la cantidad de protectores solares vendidos y entregados.
Dicho informe deberá ser de alcance publico, y datos sensibles del mismo deberán ser agregados a las campañas de concientización que el Ministerio de Salud Publica lanzara.
INSTITUCIONALIDAD:
Por lógica y por lo antes expresado, el Ministerio de Salud Publica sera el encargado de regular las cuestiones de las consultas y sus tiempos, de los protectores solares y todo lo antes expresado, mientras que el Ministerio de Economia y Finanzas sera quien regule la eliminación de los impuestos al protector como a la maquinaria y materias primas necesarias para su fabricación nacional.
FINANCIAMIENTO:
No se requiere de un financiamiento importante, pero si de una renuncia impositiva, de todas maneras se ahorraría dinero antes gastado en tratamiento de cancer de piel, que ahora al ser menos cantidad de casos, seria mucho menor, por lo que se gana menos dinero pero también se gasta menos dinero, teniendo como beneficio mayor salud publica.
FUENTES:
https://www.comisioncancer.org.uy/Ocultas/-A-disfrutar-de-la-vida-al-aire-libre--uc222
Por ultimo, es justo aclarar que esta propuesta nació de la charla ente algunos miembros del Partido Digital, donde debo destacar a Gustavo Silva Yona como creador macro de la propuesta que he desarrollado por mi cuenta.