Reconocer costos de postgrados como deducible del IRPF

INTRODUCCIÓN
¿Qué quieres solucionar? Qué es lo que te motiva a hacerlo?

Debemos incentivar la formación de talento en Uruguay. Hoy la industria tecnológica está necesitando desesperadamente talento para satisfacer sus necesidades. Para ir hacia un Uruguayo moderno y sostenible en el largo necesitamos apoyar a las industrias que miran al futuro.

DIAGNÓSTICO
¿Cuáles son las estadísticas y datos que demuestran el problema que quieres solucionar?

La industria tecnológica hoy tiene +100% ocupación laboral y demanda insatisfecha (déficit de 2500 técnicos). Fuente: CUTI

" La oportunidad en IT para países pequeños está en la calidad ya que no podemos competir por volumen." (CUTI)

PROPUESTA
¿Cuál es tu idea para solucionarlo?

Reconocer costos de postgrados como deducible del IRPF. Esto aplica tanto a posgrados realizados en territorio nacional como en el exterior.

INDICADORES
¿Cómo se podría verificar que se solucionó el problema o mejoró la situación?

Aumento de posgrados realizados por Uruguayos luego de aplicada la medida.

INSTITUCIONALIDAD
¿Qué institución u organismo te parece que está mejor capacitado para llevar adelante la solución planteada? Por ej.: Ministerios, Sociedad Civil, Organizaciones

No corresponde este punto.

FINANCIAMIENTO
¿De dónde proviene el dinero necesario para llevar a cabo la solución propuesta?

Es una renuncia impositiva mínima, ya que el número de posgrados en Uruguay es mínimo pero con perspectivas de recuperar más adelante, ya que con un título de posgrado, el salario a percibir por la persona es mayor y más impuestos que paga. Es una medida que se paga sola.

FUENTES
¿En qué información te basaste para compartir la información anterior? Por favor comparte los links aquí.

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Excelente propuesta, pienso que el indicador debe estar vinculado también impuesto, osea cuantificar aquellos postgrados que solicitaron hacer el descuento de aporte de IRPF.

Creo que una meta sería que al menos el 20% de los nuevos posgrados hayan solicitado ampararse en el descuento y que esté solo sea efectivo al obtener el mismo, caso contrario deberá pagar al Estado lo que exoneró.

Saludos
Gustavo